Normas de visita
Estas normas establecen las condiciones de visita de las zonas del Museo para garantizar la seguridad de las personas y los bienes, la conservación del lugar y la calidad de la visita.
Se aplica en su totalidad a los visitantes del Mucem y, sin perjuicio de las disposiciones especiales que se les puedan notificar :
- personas o grupos autorizados a utilizar determinados locales para reuniones, recepciones, conferencias, proyecciones o ceremonias diversas,
- cualquier persona ajena al departamento que se encuentre en el establecimiento por motivos profesionales.
A cualquier visitante que no cumpla estas normas o que altere el orden público se le podrá denegar la entrada al recinto o expulsar sin derecho al reembolso de su entrada. Al conectarse a Internet a través de la red pública del Museo, los usuarios deben cumplir las normas que rigen el uso de la Wifi pública.
Título 1-Comportamiento general de los visitantes en todos los ámbitos
El museo es un lugar donde se conservan y exponen al público las colecciones que custodia, así como un lugar de convivencia, intercambio cultural, estudio y ocio. Se ruega a los visitantes que respeten las instrucciones de seguridad y se abstengan de cualquier comportamiento o comentario que pueda causar molestias o perturbaciones a los demás, con el fin de preservar la paz y la tranquilidad necesarias para la visita al museo y garantizar el buen desarrollo de los actos que allí se organizan.
Los padres de los menores o cualquier persona responsable de su supervisión son responsables de las acciones de estos menores y del cumplimiento de las distintas normas que se establecen a continuación.
Artículo 1-Código de vestimenta
Se exige a los visitantes que sean perfectamente correctos, sobre todo en lo que se refiere a la vestimenta; está prohibido, por ejemplo, ir con el torso desnudo o descalzo.
Artículo 2 – Normas de conducta
Está prohibido realizar cualquier acción que atente contra el orden público, la seguridad de las obras y las condiciones adecuadas para los visitantes, en particular:
- comportarse de forma bulliciosa o indecente o, en relación con
- insultante, violento o agresivo hacia otros visitantes y el personal de Mucem;
- tocar las obras y objetos expuestos, a excepción de las reproducciones táctiles ofrecidas al público;
- atravesar las barreras y dispositivos destinados a contener al público y, salvo en caso de catástrofe, utilizar las escaleras y salidas de emergencia;
- utilizar ayudas visuales como lupas, prismáticos, monoculares, etc. (excepto para los discapacitados visuales);
- Utiliza vitrinas, zócalos y otros elementos de exposición;
- colocar pintadas, inscripciones, marcas o suciedad en cualquier lugar del recinto;
- pegar carteles o señales móviles dentro o fuera del edificio, salvo autorización previa por escrito del Presidente de la escuela;
- distribuir o vender cualquier objeto dentro del Mucem;
- la realización de operaciones financieras en los locales por personal distinto del autorizado por el Mucem;
- recaudar dinero en los locales y frente a las distintas entradas, o dedicarse a cualquier tipo de comercio, publicidad, propaganda o solicitud;
- obstruir la circulación de los visitantes y bloquear los pasillos y las salidas, en particular sentándose en los peldaños de las escaleras;
- tumbarse en los bancos o en el suelo;
- carreras, empujones, resbalones o escaladas;
- organizar eventos dentro de los locales sin la autorización previa por escrito del Presidente del establecimiento;
- fumar o vapear dentro de los edificios;
- entrar o utilizar las instalaciones en estado de embriaguez;
- entrar en las zonas de exposición con bebidas, alimentos o cualquier materia orgánica;
- Tirar papeles, basura o colillas al suelo, tirar o pegar chicles;
- molestar a otros visitantes con cualquier ruido fuerte, en particular escuchando equipos, incluidos teléfonos, por altavoces. Sólo están autorizados los modos silenciosos o vibratorios;
- dejar objetos personales desatendidos, aunque sea por unos instantes;
- manipular alarmas de incendio o equipos de emergencia (extintores, carretes de mangueras, etc.) sin motivo justificado;
- utilizar una cámara con flash y/o sobre un trípode (salvo autorización del Mucem l, y para determinadas exposiciones, llevar cualquier cámara o equipo fotográfico.
- utilizar estas fotografías para fines que no sean privados – realizar encuestas o sondeos de opinión entre los visitantes o miembros del personal sin autorización del Mucem
- traer animales de compañía, a excepción de los animales que acompañen a personas con discapacidad.
Artículo 3-Especificidades relativas a las visitas acompañadas de niños
Los niños menores de 13 años deben ir acompañados por un adulto responsable encargado de supervisarlos y de asegurarse de que cumplen las instrucciones de seguridad, incluso en las zonas específicamente reservadas para ellos. Está prohibido dejar que los niños corran o jueguen en zonas interiores, llevar a un niño a hombros o dejar a un niño sin supervisión.
Artículo 4 – Cumplimiento de las normas de seguridad
Los visitantes están sujetos a las instrucciones de los guardias de seguridad y a las instrucciones y prohibiciones especiales de seguridad vigentes, tanto dentro como fuera de los edificios, según las circunstancias (control de bolsos, restricciones a los visitantes, etc.).
El incumplimiento de estas normas puede dar lugar a la expulsión del establecimiento y, en su caso, a acciones judiciales.
El incumplimiento de las disposiciones de este reglamento puede dar lugar a la presentación de una denuncia y a la adopción de medidas legales contra los infractores por parte del Mucem o de cualquier otro organismo que actúe en su nombre.
Artículo 5-Registro de observaciones
Hay un registro a disposición de los visitantes en la recepción del museo, donde pueden anotar libremente sus opiniones y comentarios.
Artículo 6-Horarios de apertura y cierre
El Mucem abre todos los días excepto los martes, el 1 de mayo y el 25 de diciembre. Los horarios de apertura pueden consultarse en la página web www.mucem.org
Artículo 7-Precios y pagos
Los precios actuales están expuestos en cada taquilla. Las entradas se cotizan en euros, IVA incluido, y sólo se pagan en esa moneda. Toda persona que acceda a las exposiciones deberá abonar la tarifa de entrada correspondiente a la categoría a la que pertenezca. Cualquier usuario que se beneficie de una tarifa especial (entrada reducida o gratuita) deberá presentar el documento correspondiente. En los mostradores de recepción y venta del museo hay a disposición de los visitantes una lista de los recibos aceptados. Las entradas deben pagarse en efectivo; no se puede dar crédito a ningún usuario. No se efectuarán devoluciones a posteriori, salvo en casos excepcionales, previa presentación del justificante de derecho y previa aceptación por parte del Mucem.
El pago de una o varias entradas en taquilla puede realizarse en efectivo (euros), cheque o tarjeta bancaria (Visa/Eurocard/Mastercardl, o cualquier otro medio para el que se haya firmado un acuerdo entre el museo y la organización emisora (bonos de vacaciones, bonos culturales, etc.). Se acepta el pago con tarjeta bancaria sin mínimo. El billete sirve como recibo, pero se puede emitir una factura si se solicita. Siempre se emiten facturas para grupos.
Los cajeros automáticos sólo aceptan tarjetas bancarias (Visa/Eurocard/Mastercard). Siempre se emitirá un recibo. El acceso a la recepción y a la librería es gratuito, siempre que se respeten y cumplan todas las disposiciones del presente reglamento. Se controlarán el equipaje y los efectos personales. Si se detecta algún objeto prohibido (véase el artículo 16), se podrá denegar el acceso al establecimiento.
Artículo 8-Fotografía
Las fotografías o grabaciones audiovisuales para uso profesional y/o comercial están sujetas al acuerdo previo del Mucem.
Está prohibido hacer fotografías precisas de un visitante o miembro del personal sin su consentimiento expreso. Además de la autorización del Mucem, cualquier grabación o filmación de miembros del personal requiere el acuerdo de las personas implicadas.
Se autorizan los bocetos a mano alzada y a lápiz, de tamaño A3 como máximo, siempre que no obstaculicen el tráfico.
La filmación, rodaje y grabación de programas de radio y televisión están sujetos a normas y requieren la autorización previa del Mucem. En su caso, se cobrarán las tasas correspondientes antes del rodaje o filmación. Hay que tener en cuenta que el edificio J4 del Mucem es una obra de los arquitectos Rudy Ricciotti y Roland Carta protegida por derechos de autor y que su reproducción para uso público o comercial está sujeta a autorización.
El Mucem puede autorizar a los periodistas a fotografiar determinadas obras. Las instalaciones y equipos técnicos no pueden ser fotografiados, filmados ni grabados.
No se podrán hacer copias de las obras presentadas en las salas de exposición sin autorización previa.
Título 2-Seguridad de las personas, las obras y los edificios
En función del aforo de público fijado para las zonas de visita por la Comisión de Seguridad de los Bomberos de Marsella, podrán organizarse colas a discreción de los servicios de seguridad del Mucem.
Artículo 15-Inspección de bolsas
Se realizan controles automáticos en las entradas del recinto. El personal de seguridad puede pedir a los visitantes que abran bolsas o paquetes y presenten su contenido al entrar o salir del recinto, como en cualquier otra parte del recinto, para garantizar la seguridad de las personas y los bienes.
Artículo 16 – Prohibición de introducir determinados objetos
Está prohibido introducir en el establecimiento objetos que, por su finalidad o características, supongan un riesgo para la seguridad de las personas, de las obras o del edificio, tales como :
- armas y munición, objetos cortantes o contundentes,
- sustancias explosivas, inflamables o volátiles,
- Objetos peligrosos, malolientes, excesivamente pesados o voluminosos; equipaje de tamaño superior al de “cabina” (25x35x55 cml), paraguas grandes, trípodes, calzado inadecuado (zapatos con clavos, etc.).
- artículos no autorizados: comida, bebidas (sólo se permiten botellas de agua transparentes y petacas con un volumen máximo de 100 cl, no se permiten bebidas alcohólicas excepto las que se venden y consumen en las zonas de restauración interiores), plantas en las zonas de exposición.
Está terminantemente prohibido introducir o consumir productos tóxicos o sustancias prohibidas por la ley (estupefacientes, etc.) en los locales.
Artículo 17-Accidente, acto amenazador, suceso anormal, alteración del orden público
Cualquier suceso anormal se comunica inmediatamente a un agente de seguridad. Los visitantes deben abstenerse de cualquier acción que pueda amenazar la seguridad de personas o bienes. Cualquier amenaza o insulto contra el personal del Mucem o sus proveedores de servicios en el ejercicio de sus funciones dará lugar a la persecución del autor o autores y a la prohibición de entrar en el Mucem.
Artículo 18-Accidente, enfermedad
Cualquier accidente o enfermedad se comunica inmediatamente a un supervisor o a la recepcionista, y las víctimas son atendidas por el personal del SSIAP (Servicio de Seguridad contra Incendios y Asistencia Personal) hasta que llega la ayuda. Está prohibido mover a un paciente o a un herido, hacerle beber o administrarle cualquier medicamento antes de la llegada de los servicios de emergencia. Si uno de los visitantes es médico, enfermero o socorrista, acreditando su condición, debe permanecer junto al paciente o herido hasta su evacuación; debe dejar su nombre y dirección al supervisor en el lugar.
Artículo 19-Fuego
Si se declara un incendio, debe observarse la máxima calma. Si es necesario evacuar el edificio, se hará de forma ordenada y disciplinada bajo la supervisión del personal, de acuerdo con las instrucciones que hayan recibido.
Artículo 20-Accidente o daños materiales
En caso de accidente o daños materiales, el personal de seguridad del Mucem que lo haya presenciado redactará un informe. Si es necesario, el Mucem presentará una reclamación a su aseguradora. También se invita a la víctima a denunciar el accidente a su aseguradora para que se estudie la posibilidad de indemnizarla.
Artículo 21-Niño perdido
Los niños perdidos son llevados a la recepción más cercana. Tras el cierre del Mucem, los niños perdidos son llevados a la Comisaría de Policía del 2º Arrondissement, 40 avenue Robert Schuman, 13002 Marsella.
Artículo 22-Alerta en caso de robo o sustracción de una obra
Salvo en caso de fuerza mayor, ninguna obra expuesta podrá ser retirada o desplazada en presencia del público durante el horario de apertura del Mucem. Se ruega a todo visitante que presencie la manipulación o el deterioro de una obra, así como su retirada o traslado, que lo comunique inmediatamente a los responsables de seguridad. De conformidad con los artículos 223-6 (omisión de socorro) y R 642-1 del Código Penal francés, toda persona está obligada a echar una mano al personal del Mucem cuando la autoridad administrativa competente requiera la asistencia de los visitantes.
En caso de intento de robo en los pabellones de la exposición, se toman medidas de advertencia, como el cierre del acceso y el control de las salidas.
La destrucción, mutilación o deterioro intencionados de edificios, pinturas u obras de arte es un delito castigado con las penas establecidas en los artículos 322-1 a 322-4 del Código Penal francés.
Artículo 23-Cierre excepcional
En caso de aglomeraciones, disturbios, huelgas o cualquier situación climática excepcional o que pueda comprometer la seguridad de las personas o de los bienes, el Mucem podrá tomar cualquier medida que exijan las circunstancias. En particular, el Mucem podrá cerrar parcial o totalmente o modificar su horario de apertura.
La venta de entradas también puede interrumpirse total o parcialmente y el museo puede cerrar total o parcialmente. En aplicación de este artículo, no se podrá reclamar al museo el reembolso inmediato de las entradas. Todas las solicitudes de reembolso deben hacerse por escrito e ir acompañadas de la entrada y de un formulario de datos bancarios.
Artículo 24-Pérdida de bienes
Los objetos encontrados en el local, si no se retiran antes del cierre del local, son conservados durante un mes por el Mucem. Después se transfieren al Departamento de Objetos Perdidos, 41 Bd de Briançon, 13003 Marsella.
Teléfono: 04 91 50 26 60.
Título 3-Reglas que rigen las zonas exteriores del Mucem
El objetivo de esta sección es informar a los visitantes de las condiciones en las que pueden visitar las zonas exteriores del Mucem.
Su objetivo es garantizar la seguridad de las personas y los bienes, la conservación del lugar y la calidad de la visita.
El personal de vigilancia y de recepción está presente en las zonas exteriores para informar a los visitantes y ayudarles en caso de dificultad. Son responsables de garantizar el cumplimiento de estas normas para visitantes.
Artículo 25-Acceso a zonas exteriores
El acceso a las zonas exteriores del Mucem es gratuito.
Los grupos autoguiados (mínimo de 8 personas) deben avisar de su visita al menos una semana antes de la fecha de la misma y pagar una tasa de reserva. Por razones de seguridad, el personal de seguridad puede pedir a los visitantes que abran sus bolsas o paquetes y muestren su contenido al entrar o salir.
Artículo 26 – Horarios de apertura y cierre
Los horarios de apertura y cierre al público de las zonas exteriores del Mucem se fijan por decisión del Presidente y se exponen en las entradas. Pueden modificarse si las circunstancias lo requieren.
Artículo 27-Le jardin du fort Saint-Jean
Por la comodidad de todos, te rogamos que respetes el trabajo de los jardineros y utilices únicamente los caminos reservados a los visitantes. El jardín de Migraciones es frágil. Por ello, está prohibido pasear o sentarse en el césped, hacer picnics fuera de las zonas designadas, coger o dañar plantas, romper o cortar follaje, mutilar árboles o trepar por ellos.
También está prohibido utilizar total o parcialmente estas zonas para cualquiera de las siguientes actividades:
- deportes de pelota individuales o de equipo (fútbol, baloncesto, etc.) ;
- deportes individuales de lanzamiento (golf, lanzamiento de peso, ;
- deportes de tabla en equipo o individuales (patinaje, patinaje sobre ruedas, skateboarding, etc.)
- presentación en vuelo de aeronaves o aerostatos de cualquier tipo (cometas, planeadores, modelos propulsados por caucho o motores de combustión interna, etc.);
- juegos acuáticos de cualquier tipo, incluida la botadura de cualquier objeto o embarcación flotante (veleros y barcos en miniatura, etc.);
- apuestas y juegos de azar; juegos, actividades deportivas, comportamientos peligrosos o acciones que puedan causar incidentes o accidentes.
Artículo 28- Normas de conducta de los visitantes del Fuerte Saint-Jean
En las zonas exteriores de Fort Saint-Jean, además de las obligaciones establecidas en el artículo 2 del reglamento, están prohibidas las siguientes:
– depositar residuos u objetos de cualquier tipo fuera de las papeleras y contenedores reservados a tal efecto;
– traer animales de compañía, a excepción de los animales que acompañen a personas con discapacidad;
– utilizando patines, bicicletas, patines, patinetes o cualquier otro dispositivo motorizado,
– sube a los edificios y a las obras expuestas;
– introducir petardos, fuegos artificiales y cualquier otro artefacto, objeto o dispositivo ruidoso similar;
– acampar o instalar cualquier dispositivo destinado a acampar;
– dañar el equipamiento y las instalaciones del lugar;
– encontrar aves o utilizar trampas, cebos o instrumentos de cualquier tipo para atraparlas, asustarlas o perseguirlas;
– encender fuego o utilizar equipos o dispositivos con llamas abiertas sin autorización;
– utilizar calzado con clavos o tachuelas;
– realizar cualquier acción que pueda dañar el lugar o alterar su finalidad.
– destruir, mutilar o dañar intencionadamente edificios, plantaciones, objetos o mobiliario destinados a la utilidad o la decoración. Estos actos constituyen
délis.
Título 5-Reglas para las zonas interiores de exposición
Artículo 29 – Generalidades
La entrada y la circulación por las zonas de exposición durante las horas de apertura al público están sujetas a la posesión de un billete de entrada válido:
- billete emitido por un cajero o un expendedor automático de billetes,
- entrada adquirida por Internet o en un comercio, tarjeta de socio y/o tarjeta de fidelidad, pase que justifique la gratuidad (excepto el primer domingo de mes, en que se ofrece entrada gratuita a todos en los museos nacionales y durante los actos gratuitos excepcionales organizados por la institución),
- distintivo permanente o temporal expedido por el Mucem o una autoridad autorizada.
Los visitantes no deben retirar este pase antes de abandonar el Mucem; se les puede pedir que lo muestren en cualquier momento.
Artículo 30-Artículos no permitidos en las salas de exposición
No está permitido lo siguiente
- sillas de ruedas propulsadas por combustible inflamable. Todos los medios de transporte o locomoción están prohibidos en el recinto.
- cochecitos,
- cochecitos voluminosos para niños, mochilas portabebés con armazón metálico sin protección: en el guardarropa se prestan cochecitos de bastón,
- Patines, bicicletas, patines, patinetes y cualquier dispositivo motorizado,
Todos los medios de transporte o locomoción están prohibidos en el recinto. Los usuarios de sillas de ruedas deben utilizar los ascensores; no se les permite utilizar las escaleras mecánicas. El establecimiento no se hace responsable de los daños causados a terceros por estos vehículos o por sus ocupantes. Se pueden organizar visitas especiales para personas con movilidad reducida o con deficiencias visuales, auditivas o mentales, previa solicitud.
Artículo 31-Acceso a las salas de taller
El acceso a las salas de los talleres está sujeto a la posesión de un ticket de acceso específico y sólo es posible durante el horario de apertura del museo para una actividad concreta. El programa de todas las actividades lo definen previamente los equipos del Mucem. Sólo se permite el acceso en el marco de talleres de mediación o para determinadas reuniones o actos supervisados, en presencia de un animador o de un miembro del personal del Mucem. Este último es responsable del buen funcionamiento de la actividad, incluida la utilización, limpieza y orden del material y las herramientas utilizadas.
Artículo 32 – Zona infantil
Hay una zona infantil abierta gratuitamente los fines de semana y durante las vacaciones escolares(horarios disponibles en el recinto). En esta zona, los niños permanecen bajo la responsabilidad de un adulto acompañante.
Artículo 33-Venta de entradas
La venta de entradas finaliza 45 minutos antes del cierre del Mucem. La evacuación de las salas de exposición comienza 15 minutos antes del cierre del Mucem.
El museo puede organizar eventos nocturnos regulares o excepcionales. En tales casos, se toman disposiciones especiales para la venta de entradas y la evacuación de los espectadores.
Título 7-Disposiciones relativas a los grupos
Artículo 34 – Visitas de grupos
Las visitas en grupo sólo se permiten previa reserva, incluidas las visitas a las zonas exteriores del Mucem. Deben estar dirigidas por uno de los siguientes guías:
– comisarios de la exposición ;
– los conservadores de museos nacionales, clasificados o controlados, así como cualquier conservador de museo titular de una tarjeta profesional expedida o reconocida por el Ministerio de Cultura;
– Personal del Mucem como parte de sus funciones;
– el proveedor de servicios requerido por el Mucem para las actividades de mediación;
– guías-lectores profesionales;
– profesores con sus alumnos;
– personas autorizadas individualmente por el Ministerio de Cultura o por el director del centro escolar;
– responsables de centros de ocio;
– educadores de centros sociales.
El responsable del grupo se compromete a velar por el cumplimiento de todas estas normas y por la disciplina del grupo. En el caso de grupos escolares y de establecimientos que ofrezcan alojamiento en grupo a menores, deberán respetarse las condiciones de supervisión de las salidas escolares establecidas por la legislación o el reglamento interno del establecimiento.
El número de personas de cada grupo no podrá ser superior a 25 en el caso de grupos no escolares y a 35 en el caso de grupos en salidas escolares.
Si un grupo se retrasa, el Mucem no podrá aplazar la actividad. No se podrá sobrepasar la hora prevista de finalización de la actividad.
En caso de cancelación con menos de tres días de antelación a la actividad programada, no será posible ningún reembolso.
En caso de que se forme un grupo no autorizado, los guardias de seguridad del auditorio escoltarán al grupo hasta la salida. No se aceptarán propinas.
Artículo 35 – Reservas de grupos
Los grupos deben reservar hora para visitar el museo, incluidas las zonas exteriores. Los grupos son admitidos en las salas de exposición previa presentación de un justificante de visita para el grupo en su conjunto y de un billete de entrada para cada miembro del grupo (excluidos los billetes para grupos escolares). Todas las intervenciones deben ser autorizadas previamente por el Departamento de Acceso del Público.
Artículo 36 – Sistema audiófono
Los visitantes de los grupos autoguiados pueden llevar sus propios micrófonos y auriculares para hacer más cómoda su visita. Por razones técnicas, el equipo utilizado por los visitantes debe ser diferente del utilizado por Mucem:
– Micrófonos transmisores Sennheiser (referencia SK 2020-D)
– Auriculares receptores Sennheiser (referencia EK 2020-D-ll)
Artículo 37 – Respeto a los demás
visitantes Los visitantes en grupo no deben interferir bajo ninguna circunstancia con los demás visitantes. Cada miembro del grupo debe permanecer cerca de la persona responsable.
Título 8-Procedimientos de difusión/ejecución
Artículo 38 – Publicación y comunicación de las normas de visita
Estas normas se pondrán en conocimiento del público por todos los medios apropiados.
Es responsabilidad del personal encargado de supervisar al personal del Mucem dar a conocer esta política y velar por su aplicación.
Las infracciones de sus disposiciones pueden dar lugar a la aplicación de sanciones en las condiciones previstas por las leyes y reglamentos vigentes.
Artículo 39 – Ejecución del acuerdo
El Presidente del Mucem es responsable de hacer cumplir este reglamento.